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Internacionalización

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Cómo solicitar estas ayudas:

En el siguiente enlace pueden descargarse un manual explicativo del funcionamiento de esta orden.Manual para solicitar ayudas para el Apoyo a la consolidación de las marcas de las empresas de la Comunitat Valenciana en los mercados internacionales

Objeto

El objeto de la presente orden es establecer el régimen de la concesión de ayudas con el objeto de incentivar la consolidación de las marcas de las empresas de la Comunitat Valenciana así como su promoción en los mercados internacionales, y contribuir a la realización de acciones que permitan incrementar y consolidar la presencia de las mismas en los principales mercados.

Beneficiarios

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las empresas con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana, que desarrollen en el exterior, una política de consolidación de imagen de marca y de diferenciación de producto, siempre y cuando la inversión mínima anual apoyable en acciones dirigidas a consolidar su imagen de marca en el mercado o mercados seleccionados, sea de 30.000,00 euros. 

Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Acciones apoyables

Las ayudas establecidas podrán ir destinadas a las actuaciones que tengan por objeto la consolidación y promoción de marcas de las empresas de la Comunitat Valenciana en mercados internacionales.

Podrán tener la consideración de gastos subvencionables los relativos a los gastos de promoción que a continuación se citan:

  • Publicidad en medios extranjeros.
  • Publicidad on line.
  • Material promocional adaptado al mercado objetivo. Tendrán la consideración de gastos elegibles aquellos gastos relacionados con la creatividad, diseño gráfico y edición del material, específicamente realizado para el posicionamiento de la marca en el mercado de destino, siendo el límite de gasto elegible por este concepto de 50.000,00 euros.
  • Gastos de realización de audiovisuales.
  • Gastos de contratación de promotores y demostradores.
  • Exposiciones permanentes que incluirán los gastos de alquiler de espacio en grandes almacenes, tiendas especializadas y otros lugares comerciales.
  • Gastos vinculados a la organización de desfiles.
  • Jornadas informativas o promocionales.
  • Gastos de relaciones públicas y comunicación, excluyendo expresamente las convenciones o eventos dirigidos a la red de ventas o distribuidores locales.

Quedan excluidos expresamente de los gastos de promoción subvencionables los gastos relacionados con participaciones en ferias y estudios de mercado, catálogos de empresa, gastos de homologación y certificación, así como gastos de desarrollo de aplicaciones informáticas y adquisición de dominios en Internet.

Plazo de Solicitudes

Hasta el 15 de abril de 2011

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